EE.UU. presupuesta $471,375,000 USD para Colombia.
H.R. 2471 - Acta de Apropiaciones Fiscales para el año 2022 - es el título oficial del presupuesto nacional que aprueba el Congreso estadounidense y firma el Presidente Biden. Entre las 1068 páginas del presupuesto, en menos de dos páginas se resume la financiación de operaciones en Colombia. A continuación podrá revisar el texto de las páginas 608 y 609 del Acta de Apropiaciones traducido al español.
LEY DE APROPIACIONES FISCALES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEL AÑO 2022
"[...](b) COLOMBIA.—
(1) ASISTENCIA.—De los fondos asignados por esta Ley bajo los títulos III y IV, no menos de $471,375,000 deben estar disponibles para asistencia a Colombia: siempre que tales fondos estén disponibles para los programas y actividades descritos bajo esta sección en el Informe de la Cámara 117-84.
Se dispone además, que de los fondos asignados por esta Ley bajo el título ''Control Internacional de Narcóticos y Cumplimiento de la Ley'' y puestos a disposición para asistencia de conformidad con este párrafo, no menos de $40,000,000 se proveerá para mejorar la seguridad rural en los municipios productores de coca en y otros municipios con altos niveles de actividades ilícitas:
Se dispone, además, que los fondos puestos a disposición conforme a la disposición anterior serán priorizados en aquellos municipios que también sean objeto de programas asistenciales que brinden alternativas económicas viables y mejoren el acceso a los servicios públicos.
(2) RETENCIÓN DE FONDOS.—
(A) ANTI-NARCÓTICOS.- De los fondos asignados por esta Ley bajo el rubro "Control Internacional de Narcóticos y Aplicación de la Ley" que se pongan a disposición para la asistencia a Colombia, el 20% sólo podrá ser obligado si el Secretario de Estado El Estado certifica e informa a los Comités de Asignaciones que—
(i) el Gobierno de Colombia está implementando una estrategia efectiva para reducir de manera sustancial y sostenible los niveles de cultivo de coca y producción de cocaína en Colombia, incluso priorizando el financiamiento para mejorar la seguridad rural en municipios productores de coca;
(ii) dicha estrategia está tomando en cuenta el acuerdo de paz de 2016 entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia; y
(iii) el Gobierno de Colombia está tomando medidas efectivas para desmantelar las redes de narcotráfico y ayudar a los agricultores a erradicar y reemplazar de manera sostenible la coca.
(B) DERECHOS HUMANOS.—(i) De los fondos asignados por esta Ley bajo el título “Programa para el Financiamiento Militar Extranjero’’ y puesto a disposición para asistencia para Colombia, 20% puede ser obligado sólo si el Secretario de Estado certifica e informa a los Comités de Apropiaciones que-
(I) la Jurisdicción Especial para la Paz y otras autoridades judiciales, en su caso, están condenando autores de graves violaciones de los derechos humanos, incluidos aquellos con responsabilidad de mando, para privación de libertad;
(II) el Gobierno de Colombia está realizando progreso constante en la reducción de amenazas y ataques contra los defensores de los derechos humanos, como también otros activistas de la sociedad civil y las autoridades judiciales están procesando y sancionando a los responsables de ordenar y llevar a cabo tales ataques;
(III) el Gobierno de Colombia está realizando progreso constante en la protección de los afrocolombianos y las comunidades indígenas y está respetando sus derechos y territorios; y
(IV) militares acusados de manera creíble, o las unidades acusadas de manera creíble, de ordenar, cometer y/o encubrir casos de falsos positivos y otras ejecuciones extrajudiciales, o de cometer otras graves violaciones de los derechos humanos derechos, o de realizar comunicaciones ilícitas intercepciones u otra vigilancia ilícita, están siendo judicializados, incluida la baja deshonrosa, si se le declara culpable mediante procedimientos penales, administrativos o disciplinarios.
(ii) De los fondos asignados por esta Ley bajo el encabezamiento “Control Internacional de Narcóticos y Aplicación de la Ley” se dispone sobre la asistencia para la Policía Nacional de Colombia, que sólo el cinco por ciento podrá ser obligado si el Secretario de Estado certifica y informa a los Comités de Asignaciones que el Gobierno de Colombia está llevando ante la justicia el personal policial que ordenó, dirigió y usó fuerza excesiva y participó en otros actos ilegales contra manifestantes en 2020 y 2021.
(3) EXCEPCIONES.—Las retenciones del párrafo (2) no se aplican a los fondos disponibles para la instrucción y la aviación mantenimiento y programas de seguridad marítima y fluvial.
(4) AUTORIDAD.- Aeronaves apoyadas con fondos asignados por esta Ley y Actas anteriores que hacen parte de las asignaciones para el Departamento de Estado, operaciones extranjeras y programas relacionados y puesto a disposición en la asistencia para Colombia puede ser utilizado para transportar personal y suministros involucrados en la erradicación de drogas e interdicción, incluida la seguridad para tales actividades, y para proporcionar transporte en apoyo de los programas de desarrollo alternativo y las investigaciones de las autoridades judiciales civiles.
(5) LIMITACIONES.—Ninguno de los fondos asignados por esta Ley o Leyes anteriores que asignadas para el Departamento de Estado, operaciones extranjeras y programas relacionados y puesto a disposición en la asistencia para Colombia pueden estar disponibles para el pago de reparaciones a las víctimas del conflicto o indemnizaciones a desmovilizados asociados al acuerdo de paz entre el Gobierno de Colombia y grupos armados ilegales. [...]"
